Causa de disolución mercantil. Un ejemplo práctico

Si tu patrimonio neto está en riesgo de caer por debajo del 50% del capital social, podrías estar en causa de disolución, una situación que no solo pone a la empresa en peligro, sino que también puede comprometerte como administrador social.

📌 Según nuestra legislación mercantil, si los administradores no toman medidas ante una causa de disolución, podrían asumir responsabilidades personales.

Es decir, si no actúas, tu patrimonio podría estar en peligro.

💡 No obstante, existe una medida excepcional que permite excluir las pérdidas de los años 2020 y 2021 a causa de la pandemia para este cálculo… esto significa que no se tienen en cuenta para determinar si el patrimonio neto es inferior al 50%.

Pero ¡ojo! Esta exclusión deja de aplicarse en 2025.

Es por eso que ahora es el momento de actuar y revisar tu balance antes de cerrar el ejercicio.

Comparto un ejemplo:

COMPUTO DE PÉRDIDAS DE LOS EJERCICIOS 2020 Y 2021 A EFECTOS DE ESTAR INCURSA EN CAUSA DE DISOLUCIÓN
A1) FONDOS PROPIOS 30.000
CAPITAL SOCIAL 200.000
SOCIOS POR DESEMBOLSOS NO EXIGIDOS -30.000
RESERVA LEGAL 25.000
RESERVAS ESTATUTARIAS 25.000
RESERVAS VOLUNTARIAS 15.000
RNEA (2020) -85.000
RNEA (2021) -90.000
RESULTADO DEL EJERCICIO -30.000
A2) AJUSTES DE VALOR 5.000
OPERACIONES DE COBERTURA 5.000
A3) SUBVENCIONES, DONANCIONES Y LEGADOS 2.000
SUBVENCIONES OFICIALES DE CAPITAL 2.000
PATRIMONIO NETO CONTABLE A 31/12/2022 37.000
Nota: Se conoce que la sociedad tiene registrada una deuda a largo plazo con sus socios como consecuencia de un préstamo participativo por importe de 12.000€ a devolver en un plazo de 10 años
COMPUTO DE PÉRDIDAS DE LOS EJERCICIOS 2020 Y 2021 A EFECTOS DE ESTAR INCURSA EN CAUSA DE DISOLUCIÓN
PATRIMONIO NETO CONTABLE A 31/12/2022 37.000
(+) SOCIOS POR DESEMBOLSOS NO EXIGIDOS 30.000
(+/-) AJUSTES POR OPERACIONES DE COBERTURA -5.000
(+) PRÉSTAMO PARTICIPATIVO 12.000
PATRIMONIO NETO CONTABLE A 31/12/2022 74.000
1/2 CAPITAL SOCIAL 100.000
Podemos comprobar que el patrimonio de la sociedad tiene un importe inferior a la mitad de su capital social, por lo que esta sociedad estaría incursa en causa de disolución obligatoria
Ahora bien, a los solos efectos de determinar la causa de disolución prevista en el artículo 363.1.e) del TRLSC no se tomaran en consideración las pérdidas de los ejercicios 2020 y 2021 hasta el cierre del ejercicio que se inicie en el año 2024
Aplicando lo anterior, si en nuestra sociedad excluimos las pérdidas de los ejercicio 2020 y 2021, la situación quedaría como sigue:
PATRIMONIO NETO CONTABLE A 31/12/2022 37.000
PÉRDIDAS DE LOS EJERCICIO 2020 Y 2021 175.000
(+) SOCIOS POR DESEMBOLSOS NO EXIGIDOS 30.000
(+/-) AJUSTES POR OPERACIONES DE COBERTURA -5.000
(+) PRÉSTAMO PARTICIPATIVO 12.000
PATRIMONIO NETO CONTABLE A 31/12/2022 249.000
1/2 CAPITAL SOCIAL 100.000
Lo que significa que la sociedad no se encontraría en causa obligatoria de disolución