CUANDO EL BOE LEGISLA Y EL CONGRESO DEROGA: La fiscalidad provisional de los decretos-ley.

En los últimos tiempos el Real Decreto-ley se ha consolidado como uno de los instrumentos normativos más utilizados para introducir cambios en el ámbito fiscal.

Concebido por el artículo 86 de la Constitución como una herramienta excepcional para situaciones de extraordinaria y urgente necesidad, su utilización se ha extendido notablemente.

El problema no reside únicamente en el uso de este mecanismo, sino en la creciente frecuencia con la que se aprueban reales decretos-ley de contenido amplio —auténticos decretos “ómnibus”— cuya vigencia queda condicionada a una convalidación parlamentaria posterior que no siempre llega a producirse.

Los últimos meses ofrecen una secuencia normativa especialmente ilustrativa de esta situación.

Real Decreto-ley 16/2025, de 23 de diciembre.

El primer episodio lo constituye el Real Decreto-ley 16/2025, de 23 de diciembre, del que ya nos hicimos eco en el mes de enero.

Se trataba de una norma de amplio alcance que incluía medidas de naturaleza fiscal, social y de Seguridad Social, configurándose como un claro ejemplo de decreto-ley ómnibus.

Desde el punto de vista tributario, la norma incorporaba diversas medidas relevantes para el ejercicio 2026 e incluía también disposiciones de carácter social y de Seguridad Social, entre ellas la revalorización de las pensiones públicas para 2026.

Pese a la amplitud de su contenido, el Real Decreto-ley no fue convalidado por el Congreso de los Diputados, por lo que terminó siendo derogado.

Real Decreto-ley 2/2026, de 3 de febrero.

Tras la caída del decreto anterior, el Gobierno aprobó el Real Decreto-ley 2/2026, de 3 de febrero, con el objetivo de recuperar parte de las medidas que habían decaído.

El nuevo texto volvía a incluir buena parte de las medidas fiscales del RDL 16/2025, sin embargo, el desenlace volvió a repetirse: el Real Decreto-ley tampoco fue convalidado por el Congreso, por lo que las medidas incluidas en la norma volvieron a decaer.

Real Decreto-ley 3/2026, de 3 de febrero.

Poco después se aprobó el Real Decreto-ley 3/2026, de 3 de febrero, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia de Seguridad Social, publicado en el BOE el 4 de febrero de 2026. A diferencia de las normas anteriores, este decreto sí fue convalidado por el Congreso de los Diputados, consolidando las medidas relativas a la actualización de las pensiones.

Real Decreto-ley 5/2026, de 17 de febrero.

El último episodio de esta secuencia normativa lo constituye el Real Decreto-ley 5/2026, de 17 de febrero, aprobado para hacer frente a los daños ocasionados por diversos fenómenos meteorológicos adversos, cuya convalidación, esta vez sí, de produjo en el mes de marzo.

La norma incorpora diversas medidas fiscales vinculadas a las zonas afectadas, entre ellas: exenciones en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) para determinados inmuebles rurales, reducciones en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), ajustes en los índices de rendimiento neto aplicables a actividades agrarias en el IRPF y el tratamiento fiscal de determinadas ayudas públicas extraordinarias.

Prórroga de la moratoria contable y causa de disolución por pérdidas.

Merece una mención especial la denominada moratoria contable en relación con la causa de disolución por pérdidas prevista para las sociedades de capital. El Real Decreto-ley 16/2025, de 23 de diciembre, incluía también una medida relevante en el ámbito mercantil: la prórroga de la denominada “moratoria contable” relativa a la causa de disolución por pérdidas prevista en el artículo 363.1.e) de la Ley de Sociedades de Capital. Este régimen excepcional, introducido durante la crisis sanitaria por el COVID y prorrogado posteriormente en diversas ocasiones, había sido extendido hasta el cierre del ejercicio iniciado en 2025 por el Real Decreto-ley 4/2025, de 8 de abril, permitiendo no computar las pérdidas de 2020 y 2021 a efectos de determinar la concurrencia de dicha causa de disolución. El Real Decreto-ley 16/2025 pretendía prolongar esta excepción hasta el ejercicio 2026, pero su falta de convalidación parlamentaria impidió que esa nueva prórroga llegara a consolidarse.

El análisis de los distintos reales decretos-ley examinados permite formular una breve reflexión final. La reciente secuencia de normas —unas no convalidadas, otras aprobadas y algunas aún pendientes de ratificación parlamentaria— refleja una dinámica normativa en la que la vigencia efectiva de determinadas medidas fiscales queda sujeta a una notable incertidumbre. En este contexto, desde Kreston procuramos acompañar a nuestros clientes en la interpretación y aplicación de un marco legislativo cada vez más complejo y cambiante.

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